“La prioridad son el ambiente y la salud”
La Justicia de Salta prohibió fumigaciones con agrotóxicos en un pueblo rodeado de soja. La sentencia establece límites de 300 metros para aspersiones terrestres y de 1500 para las aéreas. La demanda había sido promovida por los vecinos.
Por Darío Aranda
Antillas es un pequeño pueblo que está, literalmente, rodeado de soja. El monocultivo llega hasta el frente de las casas e, incluso, a tres metros de la escuela. Y también llegan hasta allí las fumigaciones, que rociaron el patio donde los alumnos practican deportes, la sala de primeros auxilios y las casas de los vecinos. El Juzgado Correccional 2 del Distrito Judicial Sur tomó una medida inédita en la provincia: prohibió las fumigaciones en cercanías de las viviendas. No se podrá fumigar con avioneta a menos de 1500 metros y a no menos de 300 si las aspersiones son terrestres. La demanda había apuntado al glifosato y el endosulfán (dos de los más utilizados en soja), pero la sentencia prohibió todo tipo de fumigaciones. Ya son seis las provincias con sentencias que limitan el uso de agrotóxicos.
En Antillas viven mil personas, está ubicado al sur de Salta (municipio de El Potrero), sobre la ruta 34, casi al límite con Santiago del Estero. Las fotos muestran el patio de la escuela lindante con el campo de soja. La imagen satelital da cuenta de un pueblo rodeado, literalmente, de cultivo. Las empresas Cusillos S.R.L. y Gramas S.A. cuentan con 5000 hectáreas de monocultivo. Y desde hace cinco años se repiten las denuncias de los vecinos: problemas respiratorios, alergias e intoxicaciones. También la muerte de animales y vegetación quemada (plantas de jardín y árboles frutales).Las fumigaciones llegaron hasta la escuela primaria 4413, con alumnos que debían encerrarse en las aulas. E incluso fue fumigada la sala de primeros auxilios.
Quince vecinos se reunieron y presentaron un amparo en el Juzgado Correccional 2 del Distrito Judicial Sur. No contaban con recursos para acceder a un abogado, e intervino el Ministerio Público (la defensora civil Mirta Redondo de Torino), que acompañó el pedido de los denunciantes.
La jueza Carolina Poma visitó el lugar, recorrió las casas y vivió en carne propia el ambiente fumigado, incluso el secretario del juzgado se descompuso por el olor penetrante de los agrotóxicos. En los fundamentos del fallo resalta que conoce la actividad agrícola ganadera de la zona y su importancia económica, pero destaca la necesidad de tener “especial énfasis en el cuidado del ambiente de manera tal que no se comprometan las posibilidades de vida y desarrollo de las generaciones presentes y futuras”.
“(Resuelvo) hacer lugar a la acción de amparo (...) Y prohibir todo tipo de fumigaciones dentro de la franja de los 300 metros manual o mecánica (los vecinos habían solicitado sólo 50 metros); no a menos de 1500 metros para fumigaciones aéreas”, obliga la sentencia, con fecha 29 de septiembre, pero conocida esta semana.
La jueza remarca en reiteradas oportunidades que se prohíben las fumigaciones “cualquiera sea el producto fitosanitario y el plaguicida”. También ordena que las avionetas se abstengan de sobrevolar los centros poblados “ni aun después de haber agotado su carga”. La sentencia también ordena al empresario a reforestar los límites del campo que lindan con el sector urbano (cortinas forestales) e insta al Concejo Deliberante a dictar ordenanzas que limiten y controlen las fumigaciones y prohíban el tránsito de máquinas fumigadoras por el pueblo.
Entre otras referencias, el Juzgado explicitó la vigencia del artículo 41 de la Constitución Nacional: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”.
El único demandante que habló con los medios fue Antonio Arata. “Es un fallo ejemplar, marca jurisprudencia en Salta”, celebró ante el diario El Tribuno. La jueza Poma dialogó sólo con Radio Nacional Salta. Remarcó el valor del diálogo entre el empresario y los vecinos afectados, explicó que se consensuaron mejores prácticas productivas para no fumigar las casas ni la escuela y reconoció que “hay muchos intereses en juego”, en referencia a la actividad sojera, que es dominante en esa región de Salta. “La prioridad son el ambiente y la salud”, afirmó.
La empresa presentó un “recurso de aclaratoria” en el que solicitó explicaciones a los límites de fumigaciones, solicitó flexibilidad en la medida argumentando un “daño irreparable (para los productores) que verán cómo la explotación deja de ser rentable y también (un daño) para los habitantes de Antillas que trabaja en dichos campos”. La jueza no hizo lugar al pedido y mantuvo las limitaciones.
Con el reciente fallo en Salta ya son seis las sentencias del Poder Judicial que limitan o prohíben las fumigaciones con agrotóxicos más utilizados en el actual modelo agropecuario. Formosa (Colonia Loma Senés), Buenos Aires (Mercedes), Córdoba (Barrio Ituzaingó Anexo), Chaco (La Leonesa y Las Palmas) y Santa Fe (San Jorge). La Red Universitaria de Ambiente y Salud, que reúne a médicos de pueblos fumigados y científicos, denunció en su último congreso (abril de 2011) que en Argentina se utilizan cada año 300 millones de litros de agrotóxicos y alertó que corren peligro doce millones de personas.
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